Como Reclamar Indemnización por el Cártel de Coches

¿Cómo reclamar la indemnización
por el Cártel de los Coches?

Como Reclamar Indemnización por el Cártel de Coches

¿Cuánto reclamar por el cártel de coches?
– R&A Abogados

 

¿Qué es el cártel de coches?

Es una conducta anticompetitiva que realizaron de varias marcas de coches, entre 2006 y 2013, que se descubrió a través de un chivatazo de Seat, en la que los principales vendedores de coches en España se pusieron de acuerdo para alterar de forma conjunta el precio de los vehículos.

La Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) les pilló, sancionando a 21 fabricantes y 130 concesionarios por prácticas colusorias y anticompetitivas, al fijar de forma artificial el precio de los vehículos por encima del de mercado durante los años de 2006 a 2013. Las marcas afectadas fueron:

Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes-Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Toyota, Volkswagen y Volvo

 

¿Qué hicieron las marcas ante la sanción de la CNMC?

La cronología fue la siguiente:

1º.- La CMNC abre expediente a 23 marcas y dicta resolución el 23 de julio de 2015 sancionando a 20 marcas con multas bastante altas.

Se puede consultar Resolución de la CNMC del Expediente. S/0482/13 y nota de prensa aquí.
En dicha resolución la CNMC:

  • Condena por prácticas anticompetitivas a 23 marcas
  • Archiva la causa contra 3 marcas. PEUGEOT CITROEN AUTOMÓVILES ESPAÑA, S.A., RENAULT ESPAÑA, S.A. y ORIO SPAIN
  • Exime de multa a otras 3, aunque no de participación, que son SEAT, S.A, VOLKSWAGEN AUDI ESPAÑA, S.A. (Audi, Porsche, Skoda y Volkswagen) y  PORSCHE IBÉRICA, S.A.

2º.- Las marcas afectadas interponen recurso contencioso a dicha resolución ante la Audiencia Nacional.

Todas las marcas condenadas menos SEAT, S.A, VOLKSWAGEN AUDI ESPAÑA, S.A. y  PORSCHE IBÉRICA, S.A., que no se les condenó, así como otras dos, recurren el fallo de la CNMC. Constando un total de 18 recursos.

3º.- Entre 19 y el 27 de diciembre de 2019 la Audiencia Nacional resuelve el total de los 18 fallos.

sentencia Audiencia Nacional Cártel coches

De los 18 recursos, desestima 17 marcas y solo estima el de MAZDA.

4º.- Las 17 marcas condenadas agotan su último cartucho e interponen recurso de casación ante el Tribunal Supremo

5ª.- A partir de abril de 2021 empiezan a caer las sentencias de los recursos condenando a todas las marcas.

Lista de sentencias y fecha: (*Actualizado a 19/11/2021)

AUTOMÓVILES CITROËN ESPAÑA, S.A; 20/04/2021
B&M AUTOMÓVILES ESPAÑA, S.A.; Se inadmite recurso de casación 02/06/2021
BMW IBÉRICA, S.A.U.;  Sentencia-TS-31.05.2021
CHEVROLET ESPAÑA, S.A.U.; Sin sentencia aun
CHRYSLER ESPAÑA, S.L.;  13/05/2021
FIAT GROUP AUTOMOBILES SPAIN, S.A.; 13/05/2021
FORD ESPAÑA, S.L.; 13/05/2021
GENERAL MOTORS ESPAÑA, S.L.U.; 05/10/2021
HONDA MOTOR EUROPE LIMITED, SUCURSAL EN ESPAÑA, S.L.; Se admite recurso de casación 5/03/2021. Pdte. sentencia TS
HYUNDAI MOTOR ESPAÑA, S.L.U.; 17/05/2021
KIA MOTORS IBERIA, S.L.; Sin sentencia aun
MAZDA AUTOMÓVILES ESPAÑA, S.A.; 19/05/2021
MERCEDES BENZ ESPAÑA, S.A.; Se admite recurso de casación 11/12/2020. Pdte. sentencia TS
NISSAN IBERIA, S.A.; Sentencia-TS-07-06-2021
ORIO SPAIN, S.L.; la CNMC archiva contra esta marca
PEUGEOT ESPAÑA, S.A.; 20/04/2021
PEUGEOT CITROEN AUTOMÓVILES ESPAÑA, S.A.; la CNMC archiva contra esta marca
PORSCHE IBÉRICA, S.A.; CMNC le exime pago de multa, por lo que no recurre
RENAULT ESPAÑA, S.A.; la CNMC archiva contra esta marca
RENAULT ESPAÑA COMERCIAL, S.A.; 06/05/2021
SEAT, S.A.; CMNC le exime pago de multa, por lo que no recurre
SNAP-ON BUSINESS SOLUTIONS, S.L.; Sin sentencia aun
TOYOTA ESPAÑA, S.L.; Sin sentencia aun
URBAN SCIENCE ESPAÑA, S.L.U.; 13/05/2021
VOLKSWAGEN AUDI ESPAÑA, S.A.; CMNC le exime pago de multa, por lo que no recurre
VOLVO CAR ESPAÑA, S.A. 06/05/2021

¿Qué implican estas sentencias?

Estas sentencias son firmes y permiten a los afectados reclamar una indemnización por el sobrecoste que pagaron por el vehículo.

¿Dónde comprobar si mi coche está afectado?

 Puedes consultar si tu coche esta afectado en estas dos páginas:

¿Qué plazo tengo para reclamar?

El plazo es de 1 año, aunque hay una directiva de la Unión Europea  (2014/104 / UE de 26 de noviembre de 2014) que considera que son 5 años (Sin embargo en R&A Abogados, por experiencia, no tenemos mucha fe en la extensión de los plazos)

¿Desde cuándo empieza a contar el plazo?

Desde la firmeza de la resolución del Tribunal Supremo. En el caso de las marcas que recurrieron las sentencias, desde las fechas arriba indicadas.

Y en el caso de SEAT, S.A, VOLKSWAGEN AUDI ESPAÑA, S.A. (Audi, Porsche, Skoda y Volkswagen) y  PORSCHE IBÉRICA, S.A, que no recurrieron, desde la firmeza de la resolución de la CNMC el 23 de julio de 2015.
Por ejemplo en el caso de BMW, prescribiría el 31/05/2021

¿Es conveniente interrumpir la prescripción?

Sí, se debe envía un burofax al domicilio social de la marca del vehículo que se compró si se acerca la fecha de prescripción. Y se hace necesario por dos motivos. Para interrumpir la prescripción y para realizar una reclamación previa de indemnización, que si la marca no acepta, ayude a una posible futura condena en costas.

El primer plazo de prescripción finaliza el 20/04/2022, siendo el 20/04/2021 la fecha en la que se dictó la primera sentencia del Tribunal Supremo para las marcas Citroën y Peugeot.

Podéis DESCARGAR un modelo de reclamación previa e interrupción de la prescripción AQUI

Debeis rellenar el mismo, (adjuntando ficha técnica, permiso de circulación y factura de compra) con vuestros datos, y enviarlo por burofax y correo electrónico a la sede social del fabricante del vehículo en España. La mayoría de las sedes sociales están en Madrid. Sin embargo, la sede social de Audi, Volkswagen, Seat, Skoda, Nissan y Honda está en Barcelona, la de Renault en Valladolid y la de Opel en Zaragoza. Podeis buscar la dirección de la sede social en Google y el correo electrónico de atención al cliente en la página web del fabricante. Debeis añadir todos los datos y documentos de los que dispongais. Tened en cuenta que el fabricante no tiene porque poder identificar vuestro vehículo tan solo con vuestro nombre y matrícula, pero sí puede hacerlo con la ficha técnica. De ese modo la ficha técnica identifica y hace un tracking del vehículo; el permiso acredita que es vuestro y su fecha de matriculación (para saber si está afectado) y la factura de compra que fuisteis vosotros quienes abonasteis el sobrecoste del coche.

¿Cuánto puedo reclamar?

Entre un 10% y un 15% de lo pagado. En R&A Abogados estamos en contacto con diferentes empresas de peritajes que están valorando como efectuar los cálculos y la cuantía de la indemnización.

Hay que pensar que el cálculo es complicado, dado que los peritos economistas deben realizar un análisis regresivo del mercado, mediante cálculos econométricos y contrafactuales, situándose en un escenario ideal en el que no se hubieran realizado intervenciones anticompetitivas de las marcas. A partir de aquí deben emitir un dictamen de cuál ha sido el sobrecoste pagado por loe vehículos.

¿Que pasa con el grupo Audi, Skoda, Volkswagen si no recurrieron?¿Ha prescrito?

En principio sí sería posible reclamar. Al ser una reclamación solidaria, tendrán que hacerse cargo de los daños económicos que te ha ocasionado el Cártel de Coches, cualquiera de las otras marcas que no haya prescrito. Por ese motivo es importante parar la prescripción de estas marcas y de otras que no recurrieron antes del 20/04/2022.

¿Hay que usar peritaje para calcular la indemnización?

Pues sí, y dependerá del tipo de vehículo y fecha de compra.

¿Qué documentación necesito para reclamar?

– Factura de compra
– Permiso de circulación del vehículo
– Ficha técnica.

¿He de usar abogado y procurador?

Si la indemnización es menor de 2000€, no hace falta.

¿Qué hago, reclamo ya o espero?

Desde R&A Abogados te recomendamos esperar e ir interrumpirendo la prescripción si es necesario.

Dado que el cálculo de indemnización es complicado, hay bastantes posibilidades que las marcas o el estado habilite un procedimiento de reclamación extrajudicial, como sucedió con las cláusulas suelo, y no haga falta acudir a los tribunales.

Asimismo, como es complicado calcular la indemnización a solicitar, por un lado conviene que se vayan poniendo demandas, para ver como cuantifican, y por otro, porque cuanto se sepa un método de cálculo indemnizatorio que se consensue como correcto, es probable que las mismas marcas, para no ser condenadas en costas, lleguen a acuerdos de pago extrajudiciales con los afectados.

LLÁMANOS, APÚNTATE A NUESTRA LISTA Y CUANDO HAYAMOS VALORADO EL TIPO DE RECLAMACIÓN A LLEVAR A CABO TE INFORMAREMOS.