Abogado experto en Procedimiento de verificación de datos

Abogado especialista en Procedimiento de Verificación de Datos

Procedimiento de Verificación de Datos en Palma de Mallorca

Verificación de Datos

El procedimiento de verificación de datos tributarios contempla la revisión preliminar a cargo de Hacienda. En este se valida la información relacionada con declaraciones, liquidación o autoliquidación de un contribuyente.

Una notificación para verificar datos debe ser atendida de forma obligatoria. Por lo tanto es recomendable consultar con un especialista en derecho fiscal de R&A Abogados. Con lo cual no solo recibe asesoría legal, sino también acompañamiento durante todo el proceso.

Continúa leyendo, encuentra más información sobre el procedimiento y conoce las fases de la verificación de datos en este artículo que nuestros expertos han seleccionado para ti.

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¿Qué es la verificación de datos?

Es un proceso que se lleva a cabo por solicitud expresa del órgano o Agencia Tributaria.Por lo general, cuando se detectan diferencias sustanciales entre lo declarado y los datos previamente registrados.

El objetivo principales señalar y corregir errores u omisiones en el proceso de declaración. Por medio de la preparación de los documentos, alegatos o actuaciones legales que fueran necesarias.

Motivos para iniciar una verificación de datos tributarios

Son varias las razones por las cuales se da inicio a este procedimiento, las más comunes están relacionadas con errores involuntarios. Aunque en términos generales podemos encontrar:

  • Falta de correspondencia entre los datos de identificación registrados y los presentados en la declaración.
  • Errores en el cálculo de importes.
  • Aplicación indebida de la normativa tributaria.
  • Aclaratoria de datos no relacionados con la actividad económica registrada por el contribuyente.

Etapas de la verificación de datos

El proceso en general consta de tres fases: inicio, tramitación y terminación. De las cuales, las dos últimas requerirán procedimientos particulares, dependiendo de la causa de la verificación y el resultado final del trámite.

Inicio de la verificación de datos

Se produce con la notificación de Hacienda, en la cual se solicita la consignación de datos o comprobantes. Además de las causas que han generado el procedimiento.

En algunos casos, es posible que la notificación incluya una liquidación con base en los datos y pruebas que posea el órgano tributario los cuales considera como ciertos y suficientes.

Tramitación

Incluye la consignación de datos, documentos y alegatos,o bien la corrección de errores a fin de generar un pronunciamiento o reconsideración del caso.

De la correcta tramitación depende que se obtenga una resolución favorable o que haya lugar para un procedimiento más riguroso como la comprobación limitada.

Terminación

Se completa la fase de terminación cuando se obtiene una resolución final del procedimiento. En este caso se encuentran varios tipos de situaciones:

  • Resolución: puede indicar la corrección de errores sin que el procedimiento genere alguna liquidación adicional.
  • Subsanación: cuando el contribuyente completa satisfactoriamente la revisión y justificación de los datos discordantes.
  • Liquidación provisional: ajuste como resultado del procedimiento de verificación, el cual puede requerir un pago adicional o alguna devolución al contribuyente.
  • Procedimiento de inspección: como actividad complementaria o bien el inicio de una comprobación limitada sobre el caso.
  • Caducidad: cuando el procedimiento excede los 6 meses de tramitación o bien los datos bajo verificación se encuentran fuera del tiempo establecido.

Además de lo que contemplan las etapas, cada una de ellas es susceptible a requerimientos especiales, apelaciones o actuaciones legales. Por lo que el acompañamiento de R&A Abogados es de suma importancia.

¿Cuánto dura la verificación de datos?

El procedimiento, que inicia con la notificación puede llegar a su término muy rápidamente o extenderse. Todo dependerá de la celeridad procesal para la comprobación y de la conformidad del contribuyente con la resolución.

En términos generales, Hacienda cuenta con un plazo de 6 meses para la comprobación. Mientras que el contribuyente tiene 10 días para solicitar la revisión de la resolución emitida.

Aunque una vez trascurrido el tiempo el proceso se considera caduco, el órgano fiscal tiene la potestad de iniciar una nueva solicitud. Excepto en los casos en los cuales los datos a verificar excedan los 4 años de antigüedad.

Documentos solicitados durante una verificación de datos

Aunque no caben dudas que recurrir a una verificación de datos es un asunto serio, debemos recordar que es un procedimiento preliminar.

Por lo tanto, la información relacionada con la actividad comercial como movimientos bancarios o libros de registros no esrequerida.Salvo en los procedimientos que deriven en una comprobación limitada.

Sin embargo, otros documentos si pueden ser solicitados y entre estos se encuentran:

  • Declaraciones y comprobantes de IRPF o IVA.
  • Facturas, tickets, albaranes.
  • Datos fiscales de terceros que confirmen la información declarada.
  • Cualquier otro documento relacionado con los datos a verificar.

¿Cómo recurrir una verificación de datos?

El objetivo de suspender un procedimiento de verificación de datos tributarios es conseguir que Hacienda reconsidere su solicitud. Para esto es necesario contar con asesoría legal en materia de derecho fiscal para ejercer bien sea un recurso de reposición o una reclamación económica – administrativa.

Recurso de reposición

Después de la emisión de la resolución el contribuyente cuenta con el plazo de un mes para interponer este recurso. Tras la presentación de alegatos, se solicita al órgano tributario reconsiderar su propuesta antes de pasar por el tribunal. Aunque no es indispensable para presentarse ante la corte.

Reclamación económica – administrativa

Puede interponerse al momento de la notificación o antes de haber trascurrido un mes de la resolución preliminar o de la respuesta de apelación. Con este procedimiento se persigue impugnar la liquidaciónpropuesta. No es compatible con el recurso de reposición.

Sanciones y multas relacionadas con la verificación de datos

En caso de comprobarse con la verificación de datos que el contribuyente ha incurrido en ocultación o evasión de impuestos, se dictarán sanciones de carácter:

  • Leve: cuando la suma defraudada no supere los 3000 € sin intenciones de ocultación, además de una multa correspondiente al 50% del monto no declarado.
  • Grave: si lo defraudado supera los 3000 € con pruebas de ocultación. A lo cual se agrega la multa del 100% de la cantidad defraudada.
  • Muy grave: cuando se comprueban acciones de ocultación, evasión y fraude, sobre lo cual pesará una multa de 150% del monto no declarado.

Además de esto, en los casos de declaraciones complementarias se incluirán los intereses moratorios correspondientes.

En definitiva, una notificación para verificación de datos es un asunto que puede atenderse sin mayores inconvenientes legales. Siempre que se cuente con la asesoría en derecho fiscal de los especialistas de R&A Abogados.