ABOGADO ESPECIALISTA EN RECLAMAR CLÁUSULA SUELO – R&A ABOGADOS PALMA
1. ¿Cómo saber si tengo cláusula suelo?
Revisa la escritura de tu préstamo hipotecario.
La expresión “clausula suelo” no aparece descrita de ese modo en la escritura del préstamo.
Debes buscar en el apartado que hace referencia al tipo de interés aplicable y buscar expresiones como:
“límite a la variación del tipo de interés”, “límite mínimo del tipo de interés”, “en ningún caso el tipo nominal anual podrá ser inferior al (…)%”, etc.
Ejemplos de escrituras:
San Nostra (BMN) es el apartado C.6
BBVA. Aparatado 3 bis
La Caixa. Letra F
2. Sí, tengo clausula suelo. ¿Cómo reclamo y cuanto me han de devolver?
El 21/enero/2017 entró en vigor el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, en el que se estableció un procedimiento extrajudicial con el banco para tramitar la reclamación de las cantidades debidas con motivo de las clausulas suelo.
3. ¿Cómo lo hago?
Hay que realizar un requerimiento previo por escrito a nuestro banco solicitando la anulación de la cláusula suelo y la devolución de las cantidades abonadas en exceso.
Ante este escrito, el banco te puede dar dos respuestas:
A. Negarse y responder que no te corresponde cantidad alguna por la cláusula suelo
B. Aceptar la anulación de la cláusula suelo y enviarte una propuesta de liquidación de las cantidades que te deben.
4. ¿Qué importe puedo reclamar?
Las cantidades que se deben solicitar son:
A. La diferencia de cuota abonada en exceso.
Es decir la cuota que deberíamos haber pagado de no haber tenido clausula suelo.
Ejemplo:
Cuota con suelo febrero de 2012:
800€ = 500€ amortización capital y 300€ intereses.
Cuota sin suelo febrero de 2012:
700€ = 550€ Y 150€ de intereses
Cantidad a devolver: 100€
B. Los intereses de cada año capitalizados a la fecha actual.
Ejemplo:
Los 100€ capitalizados desde febrero de 2012 a marzo de 2017 son:
Desde Hasta Días Capital Acumulado % Intereses Total Intereses
01-02-2012 31-12-2012 335 100,00 4 3,66
01-01-2013 31-12-2013 365 100,00 4 4,00
01-01-2014 31-12-2014 365 100,00 4 4,00
01-01-2015 31-12-2015 365 100,00 3.5 3,50
01-01-2016 31-12-2016 366 100,00 3 3,00
01-01-2017 06-03-2017 65 100,00 3 0,53
Total intereses 18,69€
Debemos hacer esta operación con cada diferencia de cuota.
C. La reducción del capital pendiente de amortizar.
Si nos fijamos en el ejemplo anterior,en la cuota sin suelo, deberíamos haber pagado menos interés y amortizado más capital, por lo que debemos reclamar por ese capital no amortizado y solicitar se reduzca nuestro capital restante del préstamo.
5. ¿Cómo comprobar que la cantidad ofrecida por la cláusula suelo es correcta?
El despacho realizará una simulación y cálculo de estas cantidades, indicando al cliente si las cantidades calculadas por el banco son correctas.
6. ¿Y si las cantidades no son correctas o el banco no quiere pagar ninguna cantidad?
Deberemos acudir a la vía judicial para reclamar la cantidad que nos corresponde.
COMO TE PODEMOS AYUDAR:
- Si no encuentras la cláusula suelo, revisamos tu hipoteca para saber si la tienes incluida.
- Te confeccionamos el escrito dirigido al banco solicitando la anulación de la cláusula, reclamando las cantidades debidas.
- Comprobamos que el cálculo realizado por el banco es correcto.
- En caso de no estar conforme o no querer el banco abonar cantidad alguna, lo reclamaremos por vía judicial.
Llámanos y estudiaremos tu caso
¿ Es posible reclamar de una hipoteca ya cancelada? Concretamente se canceló hace cinco años
Sí es posible reclamar la devolucion de cantidades abonadas de mas con motivo de una clausuelo suelo, dado que las clausulas son nulas de pleno derecho y eso provoca que no tenga plazo de prescripción ni caducidad para reclamarlas.
Hay cierta controversia en relacion a hipotecas canceladas del BBVA, Caixa Nova y Caja Mar, existiendo una corriente que afirma que no se pueden reclamar pasado el 5 de octubre de 2020.
En cualquier caso estarias en plazo.
Un saludo