Tarjeta de residencia por arraigo familiar

Solicitar Arraigo Familiar en Palma de Mallorca

Tarjeta de Residencia por Arraigo familiar Palma de Mallorca

Solicitar Tarjeta de Residencia
por Arraigo Familiar en Mallorca

Las solicitudes de residencia por arraigo familiar se encuentran entre las más frecuentes. Razón por la cual R&A Abogados cuenta con especialistas cualificados para atender sus requerimientos y aclarar cualquier duda al respecto.

Si bien, se ha convertido en una de las maneras más fáciles de obtener la residencia española. Es necesario conocer los detalles legales del procedimiento, así como las condiciones generales. De este modo se asegura una solicitud exitosa y un permiso a largo plazo.

¿Qué es el arraigo familiar?

Además de los arraigos sociales y laborales, se incluye al arraigo familiar entre las autorizaciones de residencia otorgadas por circunstancias excepcionales. Por medio de estas, el extranjero solicitante recibe el permiso para residir y trabajar en España por un periodo de un año.

Las consideraciones del arraigo familiar tienen como objetivo reunir a los miembros extranjeros con sus familiares de nacionalidad española. O bien servir de paso previo para obtener la residencia con la comprobación del vínculo directo (padres, hijos).

En general, este trámite está reservado para ciudadanos extranjeros que cumplan los siguientes criterios:

  • Padre o madre de un niño español, nacido en España y menor de edad. También aplica si este pertenece a cualquiera de los países de la Unión Europea.
  • Hijos de ciudadanos españoles de origen, descendientes directos que hayan obtenido la nacionalidad por la ley de memoria histórica.

¿Cómo solicitar el arraigo familiar?

A diferencia de otros permisos de residencia, la solicitud del arraigo familiar debe iniciarse directamente en territorio español. Bien sea con una visa de turista o incluso de forma irregular, por cuenta propia o a través de un representante legal debidamente autorizado.

Requiere también la consignación de los siguientes documentos ante la Oficina de Extranjería correspondiente a su residencia:

  • Pasaporte vigente (original y copia)
  • Certificado de nacimiento del solicitante
  • Certificado de nacimiento del padre/madre emitido por el Registro Civil Consular o Central. O bien el de abuela/ abuelo, en el caso de nacionalidad de origen.
  • Certificado de antecedentes penales emitido en el país o países donde ha residido durante los últimos 5 años.
  • Formato de solicitud Modelo EX-10
  • Comprobante de pago 790-052 de la tasa correspondiente
  • Certificado de empadronamiento

Los expertos en arraigo familiar de R&A Abogados son muy cuidadosos en la verificación de los documentos. Prestando especial atención a su vigencia y a los sellos de legalización y apostilla de la Haya para los países que aplique.

Una vez introducida la solicitud, se estima un periodo máximo de 3 meses para que la administración de la Oficina de Extranjería emita una respuesta. En caso contrario, la misma se considera negada por silencio administrativo.

Renovación del arraigo familiar

Como norma general, la residencia por arraigo familiar es concedida por el plazo de un año. Finalizado este periodo, solamente es posible la renovación para el caso de los padres de niños españoles menores de edad.

Para el resto de las variantes, es necesario que el residente modifique su permiso para obtener la autorización de trabajador por cuenta ajena, propia o por residencia no lucrativa. Con lo cual se requiere tomar en consideración otro tipo de trámite para permanecer legalmente en España.

Los requisitos y condiciones de estas modalidades son consideradas en la asesoría del de los especialistas de R&A Abogados. Haciendo de su gestión un servicio integral de acompañamiento legal durante y después de obtener su residencia española por arraigo familiar.

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